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TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES PARA OFERTAR EN LA SUBASTA ONLINE El siguiente resumen se incluye únicamente para facilitar una lectura rápida. No reemplaza ni limita el texto completo de las las Condiciones Particulares de Subasta que a continuación se detalla y, que deberán ser leídas y aceptadas en su totalidad antes de ofertar. ● Exhibición e inspección previa: los interesados deben verificar personalmente, o mediante una persona idónea, el estado, funcionamiento, características, desgaste, deterioros, faltantes y componentes de los bienes. Quien oferte sin inspeccionarlos asumirá los riesgos derivados de no haber realizado esa verificación. Ver cláusula 8.3. ● La oferta que realice cada oferente en el portal de subastas Online sobre los LOTES DE TELECOM incluye el impuesto al valor agregado (IVA) ● Bienes sin garantía: los bienes se venden en el estado de uso, conservación y funcionamiento en que se encuentran y hayan sido exhibidos. No se garantiza su funcionamiento, rendimiento, vida útil, posibilidad de reparación ni aptitud para un destino determinado. Ver cláusula 8.4. ● Situación registral de los vehículos: cualquier homologación, regularización o inscripción que resulte necesaria por diferencias entre las características físicas del vehículo y su título o documentación registral será realizada por cuenta, cargo y riesgo del comprador, en los términos establecidos en las Condiciones Particulares. Ver cláusula 8.5. ● VTV, RTO o inspección equivalente: los vehículos podrán entregarse con la revisión técnica vencida o sin revisión vigente. Su realización, renovación, aprobación y costo serán de exclusiva responsabilidad del comprador. Si el vehículo no estuviera habilitado para circular, deberá retirarse mediante grúa, remolque o transporte autorizado. Ver cláusula 8.5. ● Llaves: salvo indicación expresa en contrario, los vehículos se entregan con un (1) solo juego de llaves. No se entregarán duplicados ni se asumirán los gastos de confección, codificación o programación. Ver cláusula 8.6. ● Pintura y desploteado: los vehículos se entregarán desploteados y podrán presentar restos de adhesivos, marcas, rayas, diferencias de tonalidad, decoloraciones, desprendimientos o deterioros en la pintura derivados del desploteado, uso o antigüedad. Ver cláusula 8.6. ● Accesorios y portaescaleras: salvo que se informe expresamente lo contrario, los vehículos se venden sin accesorios, manuales, alfombras, criquet, llave de rueda, chapón cubrecárter, tuercas de seguridad, kit de seguridad, herramientas, rueda de auxilio, estéreos, elementos desmontables ni portaescaleras. Ver cláusula 8.6. ● Motor sin constatar, se desconoce su funcionamiento y batería agotada: cuando estas condiciones se indiquen en la descripción del lote, no se garantizará la puesta en marcha ni el funcionamiento del vehículo. La mención de batería agotada no implica que la imposibilidad de puesta en marcha obedezca exclusivamente a la batería. Ver cláusula 8.6. ● Lugar y condiciones de entrega: los bienes serán entregados en el lugar informado en cada lote. El comprador deberá verificarlos antes de retirarlos y dejar constancia escrita de cualquier divergencia visible en el momento de la entrega. Ver cláusula 15.1. ● Derecho de admisión: la Empresa Martillera y la Empresa Vendedora podrán restringir la participación de usuarios con obligaciones vencidas, incumplimientos, adjudicaciones impagas, documentación pendiente o conductas irregulares. También podrá disponerse una suspensión preventiva cuando exista un reclamo pendiente que pueda afectar nuevas operaciones con la Empresa Vendedora. Ver cláusula 17. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES PARA OFERTAR EN LA SUBASTA ONLINE 1. CLÁUSULA GENERAL 9. SOBRE LA SUBASTA El presente documento contiene los términos y condiciones, que regulan la participación de los “usuarios registrados” que deseen participar de la subasta electrónica, en adelante denominada “Subasta On Line” a través del portal www.adrianmercado.com.ar. Aquellos que deseen realizar ofertas deberán leer, comprender y aceptar en su totalidad lo dispuesto en este documento. Con la aceptación de las Condiciones Particulares de Subasta, los interesados se convierten legal y financieramente en responsables de las ofertas realizadas y/o del uso de la Plataforma de Ofertas por los actos practicados. Los participantes aceptan que las ofertas realizadas virtualmente a través de la plataforma son firmes e irrevocables. En caso de que el interesado no esté de acuerdo con las Condiciones Particulares de Subasta, se le prohibirá participar y realizar ofertas en la subasta.
La Subasta On Line será llevada a cabo por un Martillero debidamente matriculado y designado por Adrián Mercado Subastas S.A, en adelante denominado “La Empresa Martillera”. Este profesional se encargará de dirigir el proceso de subasta, asegurando el cumplimiento de las normativas legales vigentes y velando por la integridad y equidad en el desarrollo de la misma. La presencia del martillero garantiza la idoneidad y transparencia en el proceso de la Subasta Online.
Para participar en el proceso de Subasta On Line, los interesados deben registrarse en el portal proporcionando sus datos personales. La generación de un usuario y contraseña implica la aceptación lisa y llana de los Términos y Condiciones de uso del sitio [https://www.adrianmercado.com.ar/términos] y de la Declaración de Privacidad y Confidencialidad de la Información. Publicadas en el portal. Cumpliendo con esta condición el usuario registrado, podrá acceder a la sala virtual para observar la subasta en tiempo real. No obstante, no se le permitirá realizar ofertas hasta que cumpla con los requisitos establecidos en la cláusula 4 y 5. 4. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN Los interesados deberán presentar una garantía de participación (según tabla detallada a continuación) por el importe máximo a ofertar: Dicha garantía de participación deberá estar cancelada hasta 24 horas previas al inicio de la subasta y la misma puede integrarse mediante Echeq, depósito o transferencia bancaria a favor de La Empresa Martillera. Adrián Mercado Subastas S.A CUIT 30-71803361-2 Banco Galicia Sucursal 358 (Puerto Madero), Cuenta Corriente en Pesos Nº 0001590-7 358-4 Alias: AM.SUBASTAS.GALICIA CBU Nº 0070358920000001590748. En caso de que un comprador realice una oferta superior al monto máximo permitido por su garantía inicial, deberá reforzar la garantía dentro de un plazo de 24 horas hábiles desde la oferta realizada y antes de la aprobación por parte de la empresa vendedora. El refuerzo de garantía deberá alcanzar el 10% del total ofertado, restando el monto ya depositado. Es decir, si un comprador presenta una garantía de $1.000.000, tendrá un crédito de oferta de hasta $10.000.000. Sin embargo, si realiza una oferta por $15.000.000, deberá abonar un refuerzo de garantía de $500.000 adicionales para alcanzar el 10% de la nueva oferta. La falta de cumplimiento de este refuerzo en el plazo estipulado implicará la cancelación de la oferta sin derecho a reclamo alguno por parte del comprador. Asimismo, el comprador que no cumpla con esta condición podrá ser excluido de futuras subastas organizadas por la empresa martillera. El comprobante de garantía y, en caso de correspondencia, el refuerzo de garantía, deberá ser cargado en la plataforma web a través del perfil de usuario, accediendo a la sección “crédito” y adjuntando el documento correspondiente (echeq, depósito en efectivo, transferencia). Posterior a ello, nuestro sector de garantías verifica el comprobante enviado, y se le cargará el crédito a favor en su perfil. La garantía de participación constituye un crédito habilitante para ofertar y, una vez aprobada la oferta ganadora por la Empresa Vendedora, será imputada automáticamente, en primer término, al pago de los Servicios Prestados en Subasta y de los Gastos de Administración y Gestión facturados por la Empresa Martillera (Cláusulas 11.3, 11.6 y 12.1). En caso de que la garantía resulte insuficiente para cancelar la totalidad de la factura de la Empresa Martillera, el comprador deberá abonar el saldo restante dentro del plazo de setenta y dos (72) horas hábiles contadas desde la notificación fehaciente de aprobación del lote y la emisión de la factura, conforme Cláusula 12.1. Si el interesado no resultare adjudicatario de ningún lote o la Empresa Vendedora no aprobara la oferta, podrá solicitar la devolución de la garantía o su acreditación como crédito para futuras subastas, conforme lo previsto en la Cláusula 6. 5. HABILITACIÓN PARA REALIZAR OFERTAS EN SUBASTAS Una vez cumplido con las cláusulas 3 y 4, el día de la subasta, el usuario registrado deberá ingresar a la sala y aceptar estos términos y condiciones particulares de subasta. Es fundamental destacar que la habilitación para ofertar está sujeta a la correcta realización de estos procedimientos, los cuales aseguran la transparencia y seriedad en el proceso de la Subasta Online.
Si el interesado no resulta mejor postor por ningún lote o la empresa vendedora no aprueba la venta, el valor de garantía de participación podrá: A. ser reintegrado, previa deducción del gravamen a los movimientos financieros que correspondan, dentro del plazo de 48 horas hábiles desde que el interesado solicite la devolución. A partir de la solicitud voluntaria del cliente, se iniciarán las gestiones para realizar dicha devolución, que puede demorar hasta 48 horas hábiles. B. ser cargado como un crédito a favor del usuario registrado, en la Plataforma de Ofertas, para futuras participaciones. El interesado podrá optar por cualquiera de las opciones mencionadas.
Si el oferente resultare mejor postor y su oferta fuera aprobada por la empresa vendedora, el valor de garantía de participación y/o refuerzos será tomado como pago de los servicios prestados en subasta y gastos de administración y gestión de La Empresa Martillera; en caso de que el valor de dicha garantía imputada sea mayor al monto facturado en concepto de los servicios prestados en subasta y gastos de administración y gestión, el oferente podrá solicitar la devolución del saldo o que sea cargado como un crédito a favor del usuario registrado. La imputación y exigibilidad del pago a favor de la Empresa Martillera es independiente y no se encuentra condicionada a la emisión o remisión de la factura correspondiente al precio del lote por parte de la Empresa Vendedora (Cláusulas 11.6 y 12.2). 8. SOBRE LOS BIENES A SUBASTAR POR LA EMPRESA VENDEDORA
Los bienes de cualquier tipo y naturaleza serán subastados por cuenta y orden de la empresa vendedora al mejor postor. La empresa vendedora garantiza ser la legítima propietaria de los bienes, asegurando que su venta no infringe ninguna ley u obligación de propiedad intelectual. 8.2 Catálogo e información Ilustrativa: El catálogo publicado en el portal www.adrianmercado.com.ar incluyendo sus fotografías, videos y descripciones, tiene carácter ilustrativo y constituye una guía para los interesados. En consecuencia, estos deberán verificar el estado de conservación y las características de los bienes durante la exhibición y antes de realizar cualquier oferta. Las características, condiciones y observaciones informadas en la descripción particular de cada lote complementan las presentes Condiciones Particulares de Subasta y deberán ser especialmente consideradas por los interesados antes de ofertar. Las fotografías y videos podrán no reflejar con exactitud determinadas tonalidades, detalles estéticos, signos de desgaste u otras particularidades propias del uso y antigüedad de los bienes. Cualquier error u omisión involuntaria en el catálogo no responsabilizará a la Empresa Martillera, salvo que se trate de información esencial suministrada incorrectamente por esta.
Previamente a la realización de la Subasta Online, la Empresa Vendedora exhibirá los bienes en los lugares, días y horarios informados, permitiendo a los interesados examinarlos e inspeccionarlos personalmente. Durante la exhibición, los interesados deberán verificar, por sí mismos o mediante personas idóneas designadas a tal efecto, el estado general y de conservación de los bienes, sus características físicas, funcionamiento, componentes mecánicos, eléctricos y electrónicos, signos de uso, desgaste, deterioros, reparaciones, faltantes de partes o accesorios y cualquier otra circunstancia que pueda resultar relevante para decidir la realización de una oferta. La Empresa Vendedora y la Empresa Martillera no efectuarán revisiones técnicas, mecánicas, estructurales ni periciales de los bienes, salvo que en la descripción particular del lote se indique expresamente lo contrario. La puesta en marcha, encendido, desplazamiento o funcionamiento circunstancial de un bien durante la exhibición no implica garantía respecto de su estado, funcionamiento posterior, vida útil o aptitud para un uso determinado. El interesado que decida ofertar sin haber concurrido a la exhibición, o sin haber realizado las verificaciones que considere necesarias, lo hará bajo su exclusiva responsabilidad y no podrá fundar un reclamo en defectos, deterioros, faltantes o circunstancias que hubieran podido ser razonablemente advertidos mediante la inspección presencial del bien. Lo establecido precedentemente no comprende las diferencias sustanciales entre el bien exhibido y el efectivamente entregado, ni las circunstancias registrales o documentales que no pudieran ser verificadas mediante una inspección física y que debieran haber sido expresamente informadas en estas Condiciones Particulares o en la descripción del lote. 8.4 Garantía Los bienes se ofrecen SIN GARANTÍA, en el estado de uso, conservación y funcionamiento en que se encuentran y hayan sido exhibidos, con todos sus deterioros, desgastes, faltantes y demás particularidades visibles o expresamente informadas en la descripción de cada lote. La Empresa Vendedora y la Empresa Martillera no garantizan el funcionamiento, rendimiento, vida útil, aptitud para un destino determinado ni la posibilidad de reparación o puesta en funcionamiento de los bienes, incluyendo, sin carácter limitativo, automotores, motores, maquinarias, herramientas y componentes mecánicos, eléctricos o electrónicos. La eventual puesta en marcha, encendido, desplazamiento, prueba o funcionamiento circunstancial de un bien durante el relevamiento, exhibición o retiro no constituye garantía respecto de su estado, funcionamiento presente o futuro ni de su aptitud para circular o ser utilizado. En consecuencia, no se admitirán cambios, devoluciones o reclamos relacionados con el estado de uso, conservación, funcionamiento, desgaste, deterioros, faltantes o características de los bienes que hubieran sido visibles durante la exhibición o expresamente informados en la descripción del lote, sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder al comprador por diferencias sustanciales entre el bien entregado y el bien efectivamente publicado o exhibido.
Los modelos consignados en los lotes de automotores u otros bienes registrables corresponden al año en que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios —DNRPA—, o el organismo que corresponda, procedió a inscribir cada unidad, conforme surge de su documentación registral. Podrán existir diferencias respecto del año de fabricación o del modelo consignado en las patentes, sin que ello genere responsabilidad para la Empresa Vendedora ni para la Empresa Martillera. El interesado deberá verificar, antes de ofertar, la correspondencia entre las características físicas, carrocería, configuración, tipología, destino, uso y equipamiento del vehículo y la información que surja de su título y demás documentación registral disponible. Si para transferir, inscribir, habilitar, utilizar o circular con el vehículo resultara necesario homologar, regularizar o asentar alguna característica, modificación o diferencia en su título o documentación registral, la realización de esos trámites será por cuenta, orden, cargo y exclusivo riesgo del comprador. Serán también a cargo del comprador todos los costos, verificaciones, certificaciones, informes técnicos, formularios, aranceles, tasas, honorarios profesionales y demás gastos que resulten necesarios para efectuar la homologación, regularización o inscripción correspondiente. El comprador declara conocer y aceptar que los requisitos, costos, plazos y resultados de dichos trámites dependerán de los organismos administrativos y registrales competentes. En consecuencia, la Empresa Vendedora y la Empresa Martillera no garantizan su aprobación, costo o duración ni la posibilidad de mantener la configuración, tipología, destino o uso actual del vehículo. La Empresa Vendedora, mientras conserve la titularidad registral, deberá únicamente suscribir la documentación y prestar la colaboración razonablemente necesaria para posibilitar la realización de esos trámites, sin asumir sus costos ni garantizar su resultado. La necesidad de efectuar una homologación, regularización o inscripción comprendida en esta cláusula no otorgará al comprador derecho a solicitar la resolución de la operación, reducción del precio, devolución de sumas abonadas, indemnización ni reintegro de gastos, siempre que la diferencia hubiera sido informada en la descripción del lote, surgiera de la documentación puesta a disposición o pudiera ser razonablemente advertida durante la exhibición del vehículo. Lo establecido precedentemente no libera a la Empresa Vendedora de su obligación de proporcionar la documentación necesaria para efectuar la transferencia dominial ni comprende los impedimentos registrales originados en embargos, inhibiciones, prendas, falta de titularidad o documentación que deba encontrarse en poder de la Empresa Vendedora. VTV, RTO o inspección equivalente: los vehículos podrán tener vencida o carecer de la Verificación Técnica Vehicular —VTV—, Revisión Técnica Obligatoria —RTO— o inspección equivalente exigida por la jurisdicción correspondiente. Su realización, renovación, aprobación y costo serán de exclusiva responsabilidad del comprador, sin que la Empresa Vendedora esté obligada a obtenerla o renovarla para efectuar la transferencia o entrega del vehículo. El comprador deberá adoptar, a su exclusivo cargo y responsabilidad, las medidas necesarias para retirar y trasladar el vehículo de acuerdo con su situación técnica y documental. Cuando no se encuentre legalmente habilitado para circular, deberá retirarlo mediante grúa, remolque o transporte habilitado, sin derecho a reclamar esos gastos a la Empresa Vendedora ni a la Empresa Martillera. 8.6 Estado de los Bienes y Modificación de Lotes Los bienes serán entregados en el estado de uso y conservación en que se encuentren y hayan sido exhibidos, con las características, deterioros, desgastes, faltantes y demás particularidades visibles o expresamente informadas en la descripción de cada lote. Salvo que en la descripción particular del lote se indique expresamente una condición diferente, los vehículos serán entregados conforme las siguientes condiciones: a) Llaves: con un (1) solo juego de llaves, sin que la Empresa Vendedora ni la Empresa Martillera estén obligadas a proporcionar duplicados ni asumir los gastos correspondientes a su confección, codificación o programación. b) Pintura y desploteado: los vehículos se entregarán desploteados. Como consecuencia del retiro de los ploteos, podrán presentar restos de adhesivos, marcas, rayas, diferencias de tonalidad, decoloraciones, desprendimientos o deterioros en la pintura y otros detalles estéticos. Estas circunstancias, así como las propias del uso y antigüedad de las unidades, no darán derecho a formular reclamos, solicitar reparaciones, reducción del precio, devolución de sumas abonadas ni indemnización. c) Accesorios: los vehículos se venden sin accesorios, salvo aquellos que se encuentren expresamente individualizados como incluidos en la descripción del lote. Esta exclusión comprende, sin carácter limitativo, manuales, alfombras de habitáculo o baúl, llave de rueda, criquet, chapón cubrecárter, tuercas de seguridad, kit de seguridad, herramientas, rueda de auxilio, estéreos, elementos desmontables y cualquier otro accesorio que pudiera corresponder al vehículo. d) Portaescaleras: los vehículos serán entregados sin portaescaleras, estructuras exteriores ni elementos utilizados para transportar escaleras, herramientas o equipamiento de trabajo, salvo indicación expresa en contrario en la descripción del lote. Las condiciones particulares indicadas en la descripción de cada lote prevalecerán sobre las reglas generales establecidas precedentemente. La Empresa Vendedora se reserva el derecho de modificar, desdoblar o reunir los bienes en lotes, o retirarlos de la subasta antes de su adjudicación, según sus necesidades operativas, sin que los interesados u oferentes tengan derecho a reclamar indemnización, compensación o reembolso alguno. En aquellos lotes cuya descripción indique “se desconoce su funcionamiento: funcionamiento del motor sin constatar” y/o “batería agotada”, el comprador acepta que no se garantiza la puesta en marcha ni el funcionamiento del vehículo y deberá prever, a su exclusivo cargo, los medios mecánicos o de transporte necesarios para su retiro. La referencia a la batería agotada no constituye un diagnóstico ni implica que la imposibilidad de puesta en marcha obedezca exclusivamente al estado de la batería. 8.7 Bienes Sujetos a Medición o Pesaje Los bienes subastados por lotes y en kilos son aproximados, y están sujetos a pesaje en balanza privada que disponga el vendedor o balanza pública más próxima a la locación del retiro, cuyo costo será asumido por el comprador. En situaciones en que los bienes entregados superen las cantidades originalmente publicadas, y hasta un máximo de un 20% se procederá a facturar el exceso multiplicado por el precio unitario ofertado oportunamente. La factura por el exceso será emitida por la empresa vendedora o la empresa martillera y deberá ser cancelada en un plazo de 24hs de emitida. En el hipotético caso que supere el 20% del monto total de kilos, se le ofrecerá al comprador, el cual podrá aceptar o rechazar la compra del exceso. En casos eventuales y al momento del retiro, de hallarse menores cantidades ofrecidas en kilos, la empresa vendedora o la empresa martillera, según corresponda, procederá a realizar la Nota de Débito o Crédito debiendo el vendedor devolver el monto abonado en exceso en un plazo de 48hs, sin que ello genere un reclamo por indemnización de ningún concepto. 9. SOBRE LA SUBASTA
El día y hora indicada en el portal, el Martillero Público dará por comenzada la subasta, pudiendo participar cualquiera de los oferentes habilitados, pujando por el/los lotes de su interés. 9.2 Ofertas Virtuales Exclusivas: El portal solo admite ofertas virtuales. 9.3 Orden según catálogo: El desarrollo del evento se da en idéntico orden al que se encuentra expuesto en el catálogo ilustrativo de subasta. 9.4 Dinámica de las Ofertas: Las ofertas serán formuladas a través de nuestro portal de subastas. Cada postor podrá ofertar más de una oferta para un mismo bien, prevaleciendo siempre la mayor oferta efectuada. El martillero actuante en cada lote hará un conteo regresivo del 3 hasta el 1 bajando el martillo, dando por finalizada esa venta al mejor postor u oferta recibida hasta ese momento y luego continuará con el siguiente lote a subastar. 9.5 Impuestos y Costos adicionales: La oferta que realice cada oferente en el portal de subastas Online sobre los LOTES DE TELECOM incluye el impuesto al valor agregado (IVA). El adquirente no deberá abonar el IVA y las percepciones e impuestos que correspondan según su condición fiscal y actividad. 9.6 Ofertas Irrevocables e Irretractables: Todas las ofertas realizadas son IRREVOCABLES e IRRETRACTABLES. Por lo tanto las ofertas no se pueden anular y/o cancelar en ningún caso, quedando desestimadas únicamente en el momento de ser superadas por otra oferta de otro oferente. 9.7 Oferta Ganadora: Declarada la oferta ganadora en el acto de la subasta y/o de acuerdo con la Plataforma de Ofertas (según corresponda), dicha oferta equivaldrá a una propuesta firme e irrevocable de compra del bien. Se comunicará la venta al comprador en el acto de la subasta o por correo electrónico o notificación generada automáticamente por la Plataforma de Ofertas (según corresponda). 9.8 Aprobación de Ofertas: Todas las ofertas se encuentran sujetas a la aprobación de la empresa vendedora en un plazo de 96 horas hábiles, quien podrá decidir por la aprobación o desaprobación del lote ofertado a su exclusivo criterio. En caso de que el vendedor no apruebe la oferta, esta será desestimada y el oferente no tendrá ninguna obligación de pago, ni podrá presentar reclamo alguno a la empresa vendedora y/o a la empresa martillera ya que el hecho de participar en la subasta y formular la oferta no implica adquisición de derecho alguno sobre los bienes ofrecidos para el participante.
PROCESO DEL CIERRE DE LA SUBASTA (FACTURACIÓN, PLAZOS, INCUMPLIMIENTOS)
Una vez completada la subasta, la empresa martillera elaborará un listado con todas las ofertas ganadoras de cada lote subastado y lo comunicará a la empresa vendedora, para que apruebe o desapruebe las ofertas enviadas en un plazo de 96 horas hábiles. 11. FACTURACIÓN POR LOTES VENDIDOS, POR SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA Y GASTOS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN El comprador una vez que cuente con la aprobación del o los lotes aprobados por la empresa vendedora, deberá abonar en tiempo y forma los siguientes conceptos, los cuales podrán ser facturados por sujetos distintos y con plazos de pago propios:
Todos los conceptos mencionados NO incluyen impuestos y serán adicionados en la emisión de facturas.
El comprador deberá proporcionar la documentación requerida en un plazo máximo de 48 hs. hábiles después de recibir la notificación de aprobación de la venta. 11.2 Factura De Venta De Los Bienes La factura del lote será emitida por la empresa martillera o por La Vendedora, a una persona física o jurídica según lo indique el usuario registrado. 11.3 Factura De Servicios Prestados en Subasta y Gastos de Administración y Gestión La empresa Martillera realizará la factura correspondiente a los servicios prestados en subasta (10% + IVA), así como de los gastos de administración y gestión (3% + IVA), tomándose como base de cálculo el monto total ofertado. Ambos conceptos no se encuentran incluidos en el valor de la oferta. El IVA sobre los servicios prestados en subasta y los gastos de administración y gestión, es del 21% en todos los casos. Los servicios prestados en subasta y los gastos de administración y gestión se deberán abonar en forma conjunta, conforme los plazos establecidos en la Cláusula 12.1. Los servicios prestados en subasta se considerarán devengados por la intervención de la Empresa Martillera y la puesta a disposición de la Plataforma de Ofertas, aun cuando el negocio se frustre por causa imputable al comprador o éste se arrepienta por causas no imputables a la Empresa Martillera.
En el caso de bienes registrables (vehículos automotores, maquinarias registrables u otros bienes sujetos a inscripción), EL OFERENTE/COMPRADOR declara conocer y aceptar que: a) La única y exclusiva responsable por la existencia, exactitud, actualización y cancelación de impuestos, tasas, patentes, multas, infracciones, deudas administrativas, embargos, inhibiciones, medidas cautelares y cualquier otra carga o gravamen que afecte al bien registrable es la vendedora del bien, en su carácter de titular del mismo o de quien detente la legitimación para su venta. b) ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. actúa únicamente como intermediaria, pudiendo emitir facturas por cuenta y orden de la VENDEDORA y/o aplicar parte del precio abonado por EL OFERENTE/COMPRADOR al pago de patentes, multas, tasas, infracciones, gastos registrales u otros conceptos vinculados al bien, siempre por cuenta y orden de la vendedora, sin asumir en ningún caso carácter de vendedora ni obligación de resultado en cuanto al saneamiento registral del bien. c) Aun cuando parte del precio abonado por EL OFERENTE/COMPRADOR se destine al pago de los conceptos mencionados en el inciso anterior, EL OFERENTE/COMPRADOR reconoce y acepta que ello no implica garantía alguna por parte de ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. respecto de la inexistencia total de deudas. d) Cualquier diferencia entre los montos aplicados al pago de tales conceptos y la deuda efectiva, así como toda deuda, multa, infracción, tasa, que exceda los importes aplicados o se genere con posterioridad, será de exclusiva cuenta y cargo de la vendedora, sin que EL OFERENTE/COMPRADOR pueda dirigir reclamo alguno contra ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. por tales conceptos, debiendo canalizar sus eventuales pretensiones únicamente frente a la vendedora. 11.5 Mora en Aportar Datos de Facturación En caso de que el comprador, pasadas las 48 horas desde la notificación fehaciente a su correo electrónico y se niegue a proporcionar los datos de facturación o guarde silencio, se aplicarán intereses punitorios por mora equivalente a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, hasta la fecha de emisión de la factura. 11.6 Independencia de la Facturación y Exigibilidad de la Empresa Martillera La emisión, exigibilidad y pago de la factura emitida por la Empresa Martillera en virtud de la Cláusula 11.3 será independiente y no se encontrará condicionada a la emisión, remisión o recepción de la factura correspondiente al precio del lote emitida por la Empresa Vendedora (Cláusula 11.2). La notificación de la aprobación del lote y/o el envío de la factura de la Empresa Martillera al correo electrónico declarado por el usuario registrado, así como las notificaciones cursadas a través de la Plataforma de Ofertas, se considerarán fehacientes a los efectos de la constitución en mora. 12. PLAZOS DE PAGOS: FACTURA POR LOTES VENDIDOS, SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA Y GASTOS DE ADMINISTRACIÓN
La falta de pago en el plazo indicado configurará mora automática, aplicándose intereses punitorios equivalentes a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, desde el vencimiento y hasta la fecha de efectivo pago, sin perjuicio de lo previsto en la Cláusula 13. 12.2 Plazo de pago – Precio del lote (Factura de la Empresa Vendedora) El pago del precio del lote adjudicado deberá efectuarse conforme el plazo que se indique en la factura emitida por la Empresa Vendedora y/o en las condiciones particulares aplicables a la subasta. En caso de que no se indique un plazo específico, el comprador deberá abonar el precio del lote dentro de los diez (10) días corridos contados desde la recepción de la factura y/o de las instrucciones de pago correspondientes. La obligación de pago prevista en la Cláusula 12.1 (Empresa Martillera) es independiente y no se suspende ni se difiere por demoras de la Empresa Vendedora en emitir o remitir su facturación. 12.3 Forma de Pago
No se admitirán transferencias realizadas desde cuentas de un tercero, debiendo efectuarse desde cuentas de titularidad o cotitularidad del sujeto a cuyo nombre se emita la facturación, conforme lo establecido en estos Términos y Condiciones.
13. INCUMPLIMIENTO POR FALTA DE PAGO
A) Incumplimiento por falta de pago de la factura de la Empresa Martillera (Servicios Prestados en Subasta y Gastos de Administración y Gestión) La falta de pago total de la factura emitida por la Empresa Martillera conforme Cláusulas 11.3 y 12.1 dentro del plazo de setenta y dos (72) horas hábiles administrativas contadas desde la notificación fehaciente de aprobación del lote y emisión de la factura, constituirá incumplimiento grave. En tal caso, la Empresa Martillera y/o la Empresa Vendedora podrán: 1. Dar de baja la adjudicación/oferta ganadora del lote, quedando el bien a disposición de la Empresa Vendedora para su nueva subasta, venta directa u otra modalidad de comercialización;
4. Restringir o bloquear la participación del comprador en futuras subastas, pudiendo extenderse a cuentas vinculadas cuando existan indicios razonables de elusión o simulación. La aplicación de las medidas precedentes será procedente aun cuando la Empresa Vendedora no hubiere emitido o remitido la factura correspondiente al precio del lote, por tratarse de obligaciones de pago independientes (Cláusulas 11.6 y 12.2). B) Incumplimiento por falta de pago del precio del lote (Factura de la Empresa Vendedora)
1. Dejar sin efecto la venta y/o disponer nuevamente del bien; 2. Aplicar intereses punitorios y reclamar los gastos asociados; 3. En su caso, restringir o bloquear la participación del comprador en futuras subastas. C) Alcance de la pérdida de sumas y cláusula penal En los supuestos de incumplimiento imputables al comprador, éste perderá las sumas abonadas en concepto de garantía de participación, seña (si correspondiera), servicios prestados en subasta, comisión, gastos de administración y gestión, y/o cualquier otro cargo devengado, sin derecho a reclamo alguno, pudiendo la Empresa Martillera y/o la Empresa Vendedora compensar dichas sumas con créditos a su favor. D) Reserva de acciones La Empresa Martillera y/o la Empresa Vendedora se reservan el derecho de iniciar las acciones extrajudiciales y/o judiciales que correspondan para el cobro de los importes adeudados y/o daños y perjuicios, con más intereses, costos y honorarios. SOBRE EL RETIRO DE LOTES, BIENES REGISTRABLES, TRANSFERENCIA, PLAZOS Y REQUISITOS DE SEGURIDAD
Una vez efectuados los pagos estipulados en la cláusula 11, los adquirentes estarán obligados a respetar los días, horarios y el orden de retiro que establezca la empresa vendedora. A partir de la autorización de retiro, comenzará a regir un plazo máximo de veinte (20) días corridos para efectuar dicho retiro. Vencido dicho plazo sin que el comprador haya retirado el bien, se aplicará una penalidad diaria de Pesos Diez Mil ($10.000) por cada bien, en concepto de gastos de guarda, la cual será facturada por la Empresa Vendedora. La penalidad diaria indicada se devengará de pleno derecho desde el día 21 contado desde la autorización de retiro, con independencia de que el comprador haya sido intimado o no al retiro del bien sobre el plazo adicional. La interpelación fehaciente es requisito únicamente para configurar el abandono de pleno derecho, conforme se establece a continuación.
Este abandono implicará la pérdida automática e irrevocable de todo derecho del comprador sobre el bien, sin derecho a reembolso, compensación ni indemnización de ninguna naturaleza. La Empresa Vendedora quedará facultada a disponer del bien libremente, ya sea por donación, destrucción, reciclado o nueva subasta, sin que ello genere derecho o reclamo alguno por parte del comprador. Durante el plazo adicional de treinta (30) días corridos, continuará acumulándose la penalidad diaria de guarda indicada más arriba, la cual cesará con el efectivo retiro o con la configuración del abandono. La Empresa Martillera no asumirá responsabilidad alguna por el eventual deterioro, abandono, pérdida o extravío de los bienes no retirados en término. 15. PROCESO Y DOCUMENTACIÓN DE RETIRO DE BIENES REGISTRABLES Y NO REGISTRABLES
Todos los lotes serán entregados exclusivamente en el lugar informado por cada uno de ellos, durante los días, horarios y conforme al procedimiento de retiro establecido por la Empresa Vendedora. Al momento del retiro, el adquirente deberá verificar la identidad, naturaleza, cantidad, estado y demás características visibles del bien. Cualquier irregularidad o divergencia deberá ser informada por escrito a la Empresa Vendedora y a la Empresa Martillera antes de retirar el bien, dejándose constancia en el acta, remito o documentación de entrega correspondiente. Efectuado el retiro sin observaciones, se considerará que el adquirente recibió y aceptó el bien en el estado de uso y conservación en que se encontraba, con sus características, deterioros, desgastes, faltantes y demás particularidades visibles o expresamente informadas en la descripción del lote y en estas Condiciones Particulares. El adquirente no podrá formular reclamos posteriores relacionados con circunstancias que hubieran sido visibles al momento de la exhibición o del retiro, o que hubieran sido expresamente informadas antes de la realización de la oferta. 15.2 Gastos y Responsabilidades del Comprador. Requisitos de Seguridad Los gastos asociados al retiro de los lotes subastados, desde su ubicación actual y hasta su destino final, serán a cargo y bajo responsabilidad de los compradores. Estos gastos incluyen, sin carácter limitativo, el desmontaje, remoción, carga, elevación, cuidados especiales, transporte, seguros, despachos y permisos necesarios. El comprador, al momento del retiro, deberá asegurarse de que el personal designado ya sea propio o tercerizado cumpla con todas las leyes laborales vigentes y cuente con un seguro de riesgo de trabajo (ART) en caso de ser aplicable. La empresa vendedora se reserva el derecho de solicitar toda la documentación pertinente antes del ingreso al predio donde se encuentran los bienes a retirar. No se admitirá, dentro de las instalaciones de la empresa vendedora, clasificaciones, arreglos y/o desarme de los lotes adquiridos. Los compradores serán responsables por cualquier daño ocasionado a las instalaciones de la empresa vendedora, de sus dependientes o empresa tercerizada debiendo reparar los daños y/o indemnizar a la vendedora. 15.3 Gestoría, Transferencia y Retiro de Bienes Registrables: La empresa Vendedora designará una gestoría, la cual solicitará por correo electrónico al comprador toda la documentación necesaria para la transferencia de los bienes registrables. Estos se entregarán una vez inscriptos registralmente a nombre del adquirente, con su correspondiente título y cédula verde emitidos a su nombre. Todos los costos asociados a la transferencia, honorarios de gestoría, informe de dominio, verificación policial, firmas certificadas por escribano y otros serán responsabilidad del adquirente sin excepción. Respecto al retiro, tendrá que concurrir personalmente quien figure como titular en el título de propiedad. En caso de delegación del retiro en un tercero, este deberá portar una autorización firmada por el adquirente, con la firma certificada por el banco del interesado y/o escribano público. La nota deberá detallar los datos de la persona que retira, los datos del transporte y estar acompañada del recibo original de pago de la factura de compra. La gestoría o profesional que intervenga en los trámites de transferencia, saneamiento registral, pago de patentes, multas, infracciones, tasas y demás conceptos vinculados al bien registrable actuará siempre por cuenta y orden de la vendedora. ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. no asume obligación alguna de contratar, supervisar ni controlar la actuación de dicha gestoría, como así tampoco asume responsabilidad por errores, demoras, omisiones, falta de pago total o parcial de las obligaciones a cargo de la vendedora, ni por la imposibilidad o demora en la transferencia del bien. La falta de designación oportuna de gestoría por parte de la vendedora, o la omisión en suministrar los datos necesarios para su intervención, no generará mora ni incumplimiento alguno de ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. frente al COMPRADOR y podrá dar lugar, en su caso, a la resolución de la operación por exclusivo incumplimiento de la vendedora, con devolución al COMPRADOR de las sumas abonadas, sin derecho a reclamar daños y perjuicios contra ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. 15.4 Incumplimiento en enviar Documentación para Transferir: En el caso de que el comprador no remita la documentación requerida por la gestoría para la transferencia, dentro del plazo de 96 hs hábiles a contar desde la notificación, se aplicará una penalidad diaria equivalente a $10.000 (pesos diez mil), la cual será factura por la empresa martillera o empresa vendedora según corresponda. La gestoría una vez que cuenta con toda la documentación, proporcionará al comprador un presupuesto detallado sobre los costos asociados a la transferencia, el cual deberá ser cancelado en un plazo máximo de 48hs hábiles, en caso de demora imputable al comprador, será responsable de cubrir los costos adicionales asociados a cuestiones inflacionarias. 16. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Empresa Martillera y la empresa vendedora no garantizarán que los bienes estén operando adecuadamente o que continuarán operando adecuadamente durante cualquier período después del retiro.
i) la existencia, monto, actualización o cancelación de impuestos, tasas, patentes, multas, infracciones, deudas administrativas, que afecte los bienes registrables subastados;
La Empresa Martillera y la Empresa Vendedora se reservan el derecho de admisión y permanencia en las subastas organizadas a través de la Plataforma de Ofertas. Podrán suspender, restringir o impedir temporal o definitivamente la participación de aquellos usuarios que registren obligaciones vencidas, adjudicaciones impagas, incumplimientos contractuales, documentación pendiente, maniobras fraudulentas, utilización irregular de cuentas, conductas contrarias a la buena fe o antecedentes objetivos que puedan afectar la seguridad, transparencia o normal desarrollo de las subastas. Cuando un comprador formule un reclamo relacionado con una operación realizada con la Empresa Vendedora y dicho reclamo se encuentre pendiente de análisis o resolución, la Empresa Martillera y/o la Empresa Vendedora podrán suspender preventivamente su participación en nuevas subastas de esa Empresa Vendedora hasta la resolución o finalización del reclamo. La restricción tendrá carácter preventivo y no implicará reconocimiento de responsabilidad, incumplimiento o procedencia del reclamo por parte de la Empresa Vendedora ni de la Empresa Martillera. Las restricciones previstas en esta cláusula podrán extenderse a otras cuentas vinculadas al mismo usuario cuando existan indicios razonables de que hayan sido creadas o utilizadas para eludir una suspensión o restricción vigente. 18. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN Los compradores, al pagar o depositar el importe de garantía de participación, seña ó seguro de participación (según corresponda) declaran haber leído, entendido y estar de acuerdo con todos los términos que constan en estas Condiciones Particulares de Subasta. 19. PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales que deriven de la participación en la subasta, el comprador manifiesta de manera expresa y voluntaria someterse a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en lo Civil y Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, el comprador renuncia en forma expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, sea por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. |